Si estás valorando recurrir a semen de donante —o estás pensando en ser donante— es normal que surjan dudas: ¿qué pruebas se realizan?, ¿la donación es anónima?, ¿quién puede utilizar este recurso y en qué tratamientos? En España existe una regulación clara que protege a todas las partes y garantiza calidad y seguridad. A continuación te lo explicamos de forma sencilla y con el contexto legal vigente.
¿Quién puede recurrir a semen de donante?
La Ley 14/2006 permite el acceso a las técnicas de reproducción asistida a toda mujer mayor de 18 años, con independencia de su estado civil y orientación sexual. Esto incluye parejas heterosexuales con factor masculino, parejas de mujeres y mujeres sin pareja.
En la práctica clínica, el semen de donante se utiliza, sobre todo, en alteraciones severas del semen, en riesgo genético conocido (cuando se quiere evitar transmitir una enfermedad hereditaria) o cuando no se dispone de muestra propia. Para entender qué tratamientos podrían proponerte, te pueden ayudar estos artículos de nuestro blog.
Requisitos legales y médicos para ser donante
En España, la donación de gametos es un contrato gratuito, formal y confidencial entre el donante y un centro autorizado. La ley establece que es anónima, altruista (con compensación solo por molestias y gastos) y que la identidad del donante no se revela a receptoras ni a las personas nacidas, salvo supuestos excepcionales de peligro cierto para la vida o salud del hijo, o por razones procesales penales.
Requisitos básicos del donante:
Edad: mayor de 18 años (la normativa no fija un máximo concreto; los bancos suelen fijar límites propios).
Buen estado de salud psicofísica y plena capacidad de obrar.
Cumplir un protocolo obligatorio de estudio para descartar enfermedades genéticas, hereditarias o infecciosas transmisibles.
Además, la ley fija un límite máximo de 6 hijos nacidos en España por donante; para garantizarlo, cada donante debe declarar donaciones previas y los centros deben verificarlo.
En cuanto a seguridad y calidad, el Real Decreto-ley 9/2014 y su normativa de desarrollo (como la Orden SSI/2057/2014) regulan la obtención, evaluación, preservación y distribución de células y tejidos (incluidos gametos), en un marco de donación voluntaria y altruista.
El proceso para el donante: paso a paso
Aunque cada banco de semen pueda organizar pequeñas variaciones, el recorrido estándar incluye:
Información y preinscripción
El candidato recibe información y firma un consentimiento informado. En España existe el Sistema de Información de Reproducción Humana Asistida (SIRHA), plataforma estatal que da soporte a los registros (donantes, actividad y centros) y a la trazabilidad de gametos y embriones con garantías de confidencialidad.
Cribado inicial
Historia clínica y familiar, evaluación psicológica y seminograma (la calidad exigida a donantes es superior a la necesaria para concebir de forma natural). Se valora la idoneidad según criterios clínicos y de laboratorio.
Pruebas analíticas y genéticas
Serologías (p.ej., VIH, hepatitis B y C, sífilis) y, de acuerdo con las directrices, estudios genéticos (p. ej., cariotipo y cribados de enfermedades prevalentes) para minimizar riesgos.
Donación y criopreservación
La muestra se congela y queda en cuarentena. Las recomendaciones técnicas recogen una retención mínima de 180 días con segunda serología; si se emplea NAT/PCR, puede adaptarse el esquema de repetición analítica.
Registro y trazabilidad
El uso de cada muestra queda registrado; SIRHA garantiza trazabilidad desde el donante a la receptora y custodia de información durante 30 años, manteniendo la confidencialidad.
Compensación
La ley permite únicamente compensar molestias, desplazamientos y tiempo, sin que exista remuneración que incentive la donación.
Nota práctica: los donantes suelen acudir varias veces (semanas/meses) para aportar muestras válidas, manteniendo periodos de abstinencia pautados por el banco.
Asignación del donante a cada paciente (matching)
En España no se elige un donante “a la carta”. La selección la realiza el equipo médico, buscando la mayor similitud fenotípica posible con la receptora (rasgos físicos) y compatibilidad inmunológica (p. ej., grupo sanguíneo/Rh) cuando procede. Es una práctica alineada con las recomendaciones de la Sociedad Española de Fertilidad.
Anonimato, derechos y debate actual
Anonimato por ley: la identidad del donante no se revela a receptoras ni a las personas nacidas. Éstas y las receptoras sí pueden acceder a información general no identificativa (por ejemplo, datos médicos relevantes sin identidad). Solo en circunstancias extraordinarias (peligro cierto para la vida/salud del hijo o por razones penales) podría levantarse de forma restringida.
Trazabilidad y control: SIRHA y los registros nacionales permiten controlar límites (máximo 6 hijos por donante) y mantener la información durante 30 años con garantías de confidencialidad.
Debate social: en España existe debate sobre el anonimato (movimiento de personas nacidas por donación que piden conocer su origen), pero a fecha de hoy, la normativa vigente mantiene el anonimato con las excepciones señaladas.
Tratamientos con semen de donante: IA, FIV e ICSI
El semen de donante puede emplearse en Inseminación Artificial (IAD) o en FIV/ICSI, según el caso clínico. Del primer tratamiento ya hablamos en el artículo de Inseminación Artificial: cuándo es recomendable y tasa de éxito en España, mientras que del segundo te lo contamos todo en ICSI: ¿en qué casos es necesario?.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo se conserva el semen?
La ley permite crioconservar semen en bancos autorizados durante la vida del varón del que procede.
¿Puedo “revocar” mi donación?
Sí, solo si el donante necesita para sí sus gametos y mientras sigan disponibles; la revocación implica devolver los gastos causados al centro.
¿Cuántos hijos puede generar un donante?
Máximo 6 nacidos en España por donante; si se detecta que el límite se ha superado, deben destruirse las muestras restantes de ese donante.
¿Cómo se controla el anonimato y la trazabilidad?
Mediante los Registros Nacionales y la plataforma SIRHA, que centraliza la información con acceso restringido y criterios de seguridad y confidencialidad.
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Staff
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